La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a proporcionar gratuitamente a cada trabajador los equipos de protección individual (EPIs) necesarios para su puesto, velar por su uso efectivo y poder acreditar ambas cosas ante la Inspección de Trabajo. Esta guía práctica cubre qué exige la ley, qué revisa un inspector y cómo cumplir sin ahogarte en papeleo.
Ficha rápida de la Ley 31/1995
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Norma | Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) |
| Ámbito | Todas las empresas con trabajadores por cuenta ajena en España |
| Artículos clave sobre EPIs | Art. 14.5 (coste a cargo del empresario), art. 17.2 (obligación de proporcionar EPIs) y art. 19 (formación) |
| Norma de desarrollo | Real Decreto 773/1997, sobre utilización de equipos de protección individual |
| Régimen sancionador | LISOS (Real Decreto Legislativo 5/2000) |
¿Qué obliga la Ley 31/1995 respecto a los EPIs?
El artículo 17.2 establece que el empresario debe proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual adecuados a sus funciones y velar por su uso efectivo cuando los riesgos del trabajo lo requieran. No basta con comprar los EPIs: hay que entregarlos a cada trabajador, reponerlos cuando se deterioren y comprobar que se utilizan.
El Real Decreto 773/1997 desarrolla esta obligación: el empresario debe elegir el EPI adecuado a cada riesgo, entregarlo de forma gratuita, informar y formar al trabajador sobre su uso y asegurar su mantenimiento y reposición.
¿Quién paga los EPIs, la empresa o el trabajador?
Siempre la empresa. El artículo 14.5 de la Ley 31/1995 es tajante: el coste de las medidas de seguridad y salud en el trabajo no puede recaer en modo alguno sobre los trabajadores.
Obligaciones del empresario y cómo se acreditan
| Obligación | Base legal | Cómo se acredita ante Inspección |
|---|---|---|
| Evaluar los riesgos que exigen EPI | Art. 16 LPRL | Evaluación de riesgos por puesto |
| Proporcionar los EPIs gratuitamente | Arts. 14.5 y 17.2 LPRL | Registro de entrega de EPIs firmado o trazable por trabajador |
| Informar y formar sobre su uso | Arts. 18 y 19 LPRL | Registros de formación e información |
| Velar por el uso efectivo | Art. 17.2 LPRL | Instrucciones, supervisión y régimen disciplinario |
| Reponer EPIs deteriorados o caducados | RD 773/1997 | Histórico de entregas y reposiciones |
Fíjate en el patrón: casi todas las obligaciones se demuestran con documentación de entregas. Por eso el registro de entrega de EPIs es el documento estrella de cualquier inspección. Te explicamos cómo hacerlo bien en nuestra guía del registro de entrega de EPIs según el artículo 17.
¿Qué revisa la Inspección de Trabajo sobre los EPIs?
En una actuación inspectora en materia de EPIs, lo habitual es que el inspector solicite:
- La evaluación de riesgos que justifica qué EPIs corresponden a cada puesto
- El registro de entrega de EPIs: qué se entregó, a quién, cuándo y con qué constancia
- La acreditación de la formación e información sobre su uso
- Evidencias del uso real en planta (lo comprueba en la visita)
- El criterio de reposición: qué ocurre cuando un EPI se agota o deteriora
Sanciones por no entregar EPIs o no poder acreditarlo
No proporcionar los EPIs necesarios, o no poder demostrar su entrega, se sanciona conforme a la LISOS. Las cuantías vigentes (desde octubre de 2021) son:
| Tipo de infracción | Multa | Ejemplo |
|---|---|---|
| Leve | 45 € – 2.450 € | Incumplimientos formales sin riesgo para la salud |
| Grave | 2.451 € – 49.180 € | No proporcionar EPIs necesarios o no acreditar formación |
| Muy grave | 49.181 € – 983.736 € | Incumplimientos con riesgo grave e inminente |
Cómo cumplir la Ley 31/1995 sin papeleo: entrega automatizada de EPIs
La forma tradicional de cumplir —hojas de firma en papel o Excel del almacén— tiene dos problemas: consume horas de gestión y falla justo cuando más se necesita, en la inspección (firmas que faltan, fechas incompletas, registros perdidos).
La entrega que se registra sola
Con las máquinas expendedoras de EPIs de Tequipo, cada trabajador se identifica con su credencial y retira su equipo, y el sistema registra automáticamente quién, qué, cuánto y cuándo. El registro de entrega que pide el inspector se genera solo, en tiempo real, sin una sola firma en papel.
En Tequipo llevamos más de una década pasando inspecciones de trabajo con nuestros clientes sin ningún problema: la trazabilidad de la plataforma CCOS® aporta todas las garantías legales que se puedan solicitar. Además, el sistema puede contratarse en renting con todo incluido e integrarse con SAP o cualquier ERP.
Ver cómo funcionaDescarga gratis: plantilla de registro de entrega de EPIs
Si hoy gestionas las entregas a mano, empieza por hacerlo bien. La plantilla incluye todos los campos que espera encontrar un inspector y un checklist de cumplimiento del artículo 17.